El Tercer Juzgado Constitucional Transitorio de Lima, Jueza Dra. Soledad Amparo Blácido Baez, ha ordenado una medida cautelar para que el Congreso de la República suspenda la elección de los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) hasta que el proceso de amparo concluya. Si el Congreso no obedece, impondrá las sanciones establecidas en los Art. 22 y 59 del Código Procesal Constitucional, que regula la potestad del Juez de imponer multas, cobrarlas forzosamente embargando sueldos o cuentas bancarias, destitución de los responsables, oficiar a la persona que debe cumplir, iniciar un procedimiento administrativo y/o penal contra el funcionario renuente a acatar. Inclusive puede sustituir la voluntad del funcionario, ordenando la nulidad de los actos que haya realizado o comunicándose directamente con la autoridad que debe cumplir su mandato.
Es obvio que la persona que recibe una medida cautelar jamás comparte lo indicado por el Juez, por la sencilla razón que lo obliga a cumplir algo que no quiere ni piensa cumplir. Así, puede impugnar la decisión para que la misma jueza la reexamine o plantear Recurso de Apelación para que sea revisado por cualquiera de las dos Salas Constitucionales de la Corte Superior de Lima (que está integrado en su mayoría por probos jueces superiores).
Revisando la medida cautelar de la Dra. Blácido, consideramos que motiva y justifica muy bien su decisión. En este caso, el demandante indicó tres argumentos: 1) que el Congreso no justificó por qué retomó el proceso de selección cuando anteriormente lo suspendió, 2) que las preguntas a los postulantes eran por procesos en trámite y sobre cómo los resolverían y 3) que en la página web del Congreso no existe información sobre la idoneidad, trayectoria, transparencia de los candidatos. La magistrada evaluó los dos primeros argumentos y los descartó. Sin embargo, constató que no existía la mínima información para saber quiénes ocuparán tan importante cargo, solo puntajes asignados, órdenes de mérito y nada que demuestre su idoneidad. Creemos que se está protegiendo nuestros derechos de conocer a los candidatos de manera transparente.
Asimismo, la cautelar ordenaba suspender la elección programada para el 7 y 8 de julio. Algunos congresistas decidieron no acatarla. Reanudaron la elección el 9 de julio y posiblemente continúen con su propósito antes del 28 de julio (fin de su mandato congresal). Se asume muchos intereses políticos detrás de la elección de los magistrados del TC por 7 años, lo que sé, es que, si insisten, afrontaran con pleno conocimiento las consecuencias de ser denunciados penalmente por desobediencia a la autoridad, de ser multados y embargados. Además, se anularía la elección, quedarían inhabilitados permanentemente para ejercer cargos públicos, se oficiaría directamente al actual TC que no acate la elección, y todas estas secuelas los perseguirán, superaran y aplicaran, luego del 28 de julio.
Fuente: IUS 360